Rafael Michel
El ciudadano Felipe Cataño Hernández ante la agencia del Ministerio Público y ante la Secretaria de la Función Pública denunció a la Secretaria de Planeación y Finanzas –sección recaudación y auxiliar de rentas- de Baja california, así como a los empleados Rubén Gallardo Luna, Marco Polo Sabas Olvera y Julio Bautista Flores por abuso de confianza, fraude y lo que resulte al ser cómplices del hurto de su vehículo Marca Toyota, Línea Tacoma, Tipo Pick-Up 2006, desde Diciembre del 2011.
Siendo su propio abogado, Cataño Hernández, explicó que se presentó ante la Agencia del Ministerio Público –de delitos patrimoniales- y que entregó la querella donde se la recibieron, donde expuso: “por medio del presente escrito vengo a realizar formal denuncia de hechos, cometido en perjuicio de mi patrimonio por la dependencia Secretaria de Planeación y Finanzas, sección recaudación auxiliar de rentas, situada en mariano matamoros de la ciudad de tijuana, baja california, en la calle valle de la trinidad y boulevard casa blanca, numero 5530, local 34, fraccionamiento las Américas, código postal 22680, y/o indistintamente al c. Rubén G. Gallardo luna, -con dirección en av. fresnillo 440-b, colonia cacho 22150, en Tijuana, Baja California-, recaudador auxiliar, al ciudadano Marco Polo Sabas Olvera, -con dirección en av. Rancho Tijuana 18253-B, Inf. Villas de Baja California, en Tijuana, Baja California, supervisor de altas y el a Julio d. Bautista Flores, que desconozco dicho domicilio donde pueda ser localizado, capturista de altas, que pudiera encuadrar en los delitos de abuso de confianza, y/o fraude”
El demandante confirmó que desde diciembre a la fecha sigue luchando con su por recuperar su carro. El vehículo que le costó cerca de los 190 mil pesos, que juntó gracias al ahorro que tuvo durante el dos años y que los representantes del estado por medio de una serie de artimañas y mentiras se quieren quedar con él. Narró, Felipe Cataño los hechos:
“Con Fecha 26 de Noviembre De 2010, acudí a realizar en Recaudadora Auxiliar, la alta del vehículo de mi propiedad un Toyota, Linea Tacoma, Tipo Pick-Up, de cuatro puertas, y de seis cilindros, modelo 2006, con número De Serie 5teku72n26z318032, Color Azul, Presentando Pedimento De Importación Número 10 19 1041 0026209, Aduana 190, De Fecha Dieciocho De Noviembre De Dos Mil Diez, Importado Por Compra-Venta De Autos Y Camiones Usados Estructura Automotriz, S.A. De C.V. Con Domicilio En La Calle “E” Número 437, Colonia Nueva. Código Postal 21100 (A Un Costado Del Ife) Mexicali, Baja California, México, Con Rfceau-000214-Bk2, Y Con Número De Teléfono 552-4192, De Fecha 18 De Noviembre De 2010, A Mi Nombre, Folio Electrónico Numero 1166657-0, Formato De Verificación De Serie Del Vehículo, Documentos Que Amparan El Vehículo Descrito Como De Mi Propiedad. Una Vez Hecho Y Pagado Los Impuestos Del Tramite, Se Me Expide Por Parte De Esa Recaudadora, Tarjeta De Circulación Nacional Con Numero De Folio 10838743, Así Como También, Placas De Circulacion Nacional Numero An43076 Del Estado De Baja California, Tal Y Como Se Acredita Con El Original Del Recibo De Pago 22ab533, Con Folio 10838743, De Fecha Veintiséis De Noviembre Del Dos Mil Diez; A Mi Nombre, Amparando Las Placas De Circulación Nacionales An43076, Tal Y Como Se Podrá Constatar Con La Copia Emitida De Los Archivos De Control Vehicular De Esa Recaudadora…. En Esos Momentos Y Consciente De Lo Que Se Me Presentaba, Le Argumente Al Servidor Público Que Me Atendia En La Ventanilla De Entrega De Placas, Que Yo No Podía Recibir Tales Documentos Porque No Correspondían A Un Vehículo Importado, Ya Que Dichos Documentos Eran Para Un Vehículo Nacionalizado. Acto Seguido, El Empleado De Ventanilla En Mención, Me Manifestó Que Tales Documentos Si Correspondían A Mi Vehículo, Explicándome Que El Sistema Había Arrojado La Información Correcta Para La Impresión De La Tarjeta De Circulación Nacional Y La Expedición De Laminas Nacionales, Y Que No Me Preocupara Que No Tendría Ningún Problema. Ya Convencido Y Con La Confianza Que Me Dio Dicho Servidor Me Dispuse A Retirarme De Dicha Oficina Recaudadora”
Hizo hincapié que con fecha 02 De Agosto Del 2011, “Me Presento Nuevamente A Esa Recaudadora Auxiliar A Efecto De Realizar El Trámite De Revalidación De Calcomanía Y Tarjeta De Circuición 2011, Placas Nacionales An43076, Realizando Dicho Trámite sin Ningún Contratiempo O Problema Alguno. Tal Y Como Se Acredita Con La Copia Simple De La Tarjeta De Circulación Nacional Numero 11535590, Validándose Con La Copia Emitida De Los Archivos De Control Vehicular De Esta Recaudadora, Amparando El Vehículo Marca Toyota, Linea Tacoma, Tipo Pick-Up, Modelo 2006, Con Numero De Serie 5teku72n26z318032, Color Azul, Como De Mi Propiedad”.
Con Fecha 20 De Diciembre Del 2011, “cuando me trasladaba de viaje Hacia El Estado De Nayarit, específicamente Al Municipio De Acaponeta, Lugar De Donde Soy Originario, A Disfrutar De Mis Vacaciones En Compañía De Mi Hija Kassandra Anahí Cataño Robles, De Siete Años De Edad, Mi Hermana Ramona Araceli, Cataño Hernández, De Cuarenta Y Uno Años De Edad, Y Sus Tres Hijas, De Nombres, María Luisa, De Catorce años de edad, Jailene Y Jaimilete, ambas de once años; De apellidos Estrada Cataño, En El Vehículo De Mi Propiedad, Personal Adscrito A La Aduana De Sonoyta, Sonora, Localizado En La Garita Aduanal De Pitiquito, En El Municipio De Sonoyta, Del Estado De Sonora, Detuvo El Vehículo De Mi Propiedad, Marca Toyota, Línea Tacoma, Tipo Pick-Up, Modelo 2006, Con Numero De Serie 5teku72n26z318032, Color Azul, Con Placas De Circulación Numero An43076 Del Estado De Baja California, Argumentando Que Mi Vehículo Contaba Con Irregularidades En Los Documentos Y Que Me Lo Embargarían; Amparando Su Detención Con La Orden De Verificación Numero Ovm-1087/2011, Contenida En El Oficio Numero 800-56-00-02-00-2011-008016, De Fecha De Expedición 30 De Noviembre Del 2011”
“Posteriormente se me indico, Que El Vehículo Seria Trasladado A La Plataforma De La Sección Aduanera De San Emeterio Dependiente De La Aduana De Sonoyta, Sonora, Para Efectos De Llevar A Cabo La Verificación Del Vehículo Indicado”.
FELIPE CATAÑO HERNANDEZ, LUCHA POR LOS MALOS EMPLEADOS DE PLANEACION Y FINANZAS, PARA RECUPERAR SU VEHICULO. |
Pero la sorpresa, dice Felipe Cataño Hernández, fue cuando con Fecha 20 De Diciembre Del 2011, La Aduana De Sonoyta, Sonora, Determino Que Existía Irregularidad por lo que procedió A Levantar El Acta De Procedimiento Administrativo En Materia Aduanera Con número De Expediente Aoce501110203, Embargando Precautoriamente El Vehículo Marca Toyota, Línea Tacoma, Tipo Pick-Up, Modelo 2006, Con Numero De Serie 5teku72n26z318032, Color Azul, Con Las Placas De Circulación Nacional Numero An43076 Del Estado De Baja California.
Con Fecha Veintidós De Diciembre De Dos Mil Once, Acudí A Las Oficinas De Recaudación Auxiliar De Rentas Donde Me Expidieron La Tarjeta Y Laminas Nacionales, En La Cual Se Levanto Un Acta De Hechos Firmada Por Los Cc. Rubén Germán Gallardo Luna, Marco Polo Sabas Olvera Y Julio Danthon Bautista Flores, Recaudador Auxiliar, Supervisor Del Area De Altas Y Capturista Del Modulo De Altas, Todos De La Recaudadora Antes Mencionada, En Donde Se Hace Constar Que Se Me Asignaron Por Parte De Esa Recaudadora Auxiliar, Documentos Erróneos E Incorrectos, Tales Como Tarjeta De Circulación Y Placas Nacionales, Al Vehículo De Mi Propiedad Y Que Debieron De Haberme Expedido Tarjeta De Circulación Y Placas Para Región Fronteriza, Como Lo Demandaba El Pedimento De Importación. No Omito Reiterar Que Dicho Error Se Cometió, Tanto En El Momento De Dar De Alta Mi Vehículo; El Veintiséis De Noviembre De Dos Mil Diez, Como En El Momento De La Revalidación Del Mismo; El Dos De Agosto De Dos Mil Once. Sin Que Dicho Personal De Esa Recaudadora Auxiliar, Se Percatara De Dichos Errores, A Pesar De Revisar Y Analizar, Como Están Obligados a hacerlo A Cada Documento Que Se Les Presenta A Petición De Ellos Mismos.
Posteriormente El 15 De Marzo Del 2012, Me Fue Notificada La Resolución Definitiva De Fecha 08 De Febrero Del 2012, Con Numero De Folio 800-56-00-02-00-2012-00817, Derivada Del Acta De Inicio Del Procedimiento Administrativo En Materia Aduanera Aoce501110203, Emitida Por La Aduana De Sonoyta, Sonora, Con Residencia En La Ciudad De Sonoyta, Sonora, Dependiente Del Servicio De Administración Tributaria, Mediante La Cual Se Determina Un Credito Fiscal En La Cantidad Total De $2,424.00 M.N. (Son Dos Mil Cuatroscientos Veinticuatro Pesos 00/100 M.N.) Por Concepto De Impuesto Al Valor Agregado Omitido Y Actualizado, Recargos Y Multas Por Omisión Del Impuesto Al Valor Agregado., También Se Determina Que El Vehículo Marca Toyota, Linea Tacoma, Tipo Pick-Up, Modelo 2006, Con Numero De Serie 5teku72n26z318032, Color Azul, Con Placas De Circulación Numero An43076 Del Estado De Baja California, De Mi Propiedad, Pasa A Propiedad Del Fisco Federal.
De La Narrativa De Los Hechos Que Preceden, Esta Autoridad Podra Apreciar Que Soy Victima De La Dependencia Recaudadora; Secretaria De Planeacion Y Finanzas, Sección Recaudación Auxiliar De Rentas Mariano Matamoros De La Ciudad De Tijuana, Baja California Y/O Indistintamente Del C. Ruben G. Gallardo Luna, Con Direccion En Av. Fresnillo 440-B, Coloacho 22150, En Tijuana, Baja California., Recaudador Auxiliar, C. Marco Polo Sabas Olvera, Con Direccion En Av. Rancho Tijuana 18253-B, Inf. Villas De Baja California, En Tijuana, Baja California, Supervisor De Altas Y El C. Julio D. Bautista Flores, Que Desconozco Dicho Domicilio Donde Pueda Ser Localizado, Capturista De Altas, Quienes Hacen Uso Indebido De Un Derecho O Facultades Que Les Otorga El Estado Para Servir A La Ciudadanía, Demostrando Así La Nula Responsabilidad Que Tienen Para Llevar A Cabo Sus Funciones Para El Bien De Los Que Cumplimos Con El Pago De Nuestros Impuestos.
“Así Pues Considero Que La Conducta Desplegada Por La Dependencia, Secretaria De Planeación Y Finanzas, Sección Recaudación Auxiliar De Rentas Mariano Matamoros De La Ciudad De Tijuana, Baja California Y/O Indistintamente Al C. Ruben G. Gallardo Luna, Con Dirección En Av. Fresnillo 440-B, Coloacho 22150, En Tijuana, Baja California., Recaudador Auxiliar, C. Marco Polo Sabas Olvera, Con Dirección En Av. Rancho Tijuana 18253-B, Inf. Villas De Baja California, En Tijuana, Baja California, Supervisor De Altas Y El ciudadano Julio D. Bautista Flores, Que Desconozco Dicho Domicilio Donde Pueda Ser Localizado; es Capturista De Altas, Recae En La Falta De Responsabilidad Y Profesionalismo Al Momento De Tener A Su Encomienda La Revisión Y El Análisis De Cada Uno De Los Documentos Que Se Presentar Para Cada Uno De Los Tramites Vehiculares Que Se Realizan En Esa Honorable Dependencia Recaudadora. Por Lo Que Considero Que Debe Ser Justa Y Necesaria La Sanción A La Conducta Omitida Por Los Servidores Antes Mencionados Al No Cumplir Con Su Deber Encomendado Y Causarme Un Gran Detrimento Y Agravio En Mi Patrimonio Familiar, Al Momento En Que Se Me Embarga Mi Vehículo, Por Errores En La Expedición De Documentos Oficiales, Por Culpa Y Acciones Atribuidas Al Personal Que Labora En Esa Dependencia Recaudadora Multicitada”, recalca el demandante Hernández Cataño.
Por Lo Que Denuncio Y Demando Una Justa Solución A Estos Agraviantes Hechos Que Me Están Causando Innecesariamente Un Grave Deterioro Económico A Mi Patrimonio Familiar. Encuadra En El Ilícito Previsto Y Sancionado, Por El Artículo 214 Y 218 Del Código Penal Vigente En El Estado Cuya Literalidad Dice:
Abuso De Confianza
Articulo 214 .- Fue Reformado Por Decreto No. 161, Publicado En El Periódico Oficial No. 24, De Fecha 12 De Junio De 1998, Sección I, Tomo Cv, Expedido Por La H. XV Legislatura, Siendo Gobernador Constitucional Del Estado, El C. Lic. Héctor Terán Terán, 1995-2001; Para Quedar Vigente Como Sigue:
Articulo 214.- Tipo Y Punibilidad.- Al Que Con Perjuicio De Alguien Disponga Para Si O Para Otro Cualquier Cosa Ajena Mueble De La Que Se Le Haya Trasmitido La Tenencia Y No El Dominio, Se Le Sancionara Con Prision De Seis Meses A Seis Años Y Hasta De Doscientos Dias De Multa, Cuando El Monto De Lo Dispuesto No Exceda De Dos mil Veces El Salario. Si Excede De Dos mil Veces El Salario, La Prisión Sera De Cuatro A Ocho Años Y Hasta Cuatrocientos Días De Multa.
“Solicitando De Esta H. Representación Social Tenga A Bien Tomar En Cosideracion Y Sujeto A Estudio Los Razonamientos Y Conceptos De Derecho Que Ha Vertido Y Resuelva En Definitiva Sobre Cual O Cuales Ilicitos Debera De Solicitarse La Accion Penal En Contra De Quien Resulte Responsable”, les hizo mención Cataño Hernández, a las autoridades correspondientes, basificando del porque considera el abuso, fraude y lo que resulte.
D E R E C H O
Son Aplicables Las Disposiciones Contenidas En Los Articulos 214, 218, Del Codigo Penal Vigente En Esta Entidad Federativa, considera el ofendido, Felipe Cataño Hernández, por cuatro vertientes:
“Primero: Se Me Tenga Por Presentada Y Admitida La Presente Denuncia Y Se Me Llame A Su Ratificación En Su Momento; Solicitando Que Desde Luego Ordene La Apertura De La Averiguación Previa Que Corresponda, Debiendose Citar A La Dependencia, Secretaria De Planeación Y Finanzas, Sección Recaudación Auxiliar De Rentas Mariano Matamoros De La Ciudad De Tijuana, Baja California Y/O Indistintamente Al C. Ruben G. Gallardo Luna, Con Direccion En Av. Fresnillo 440-B, Coloacho 22150, En Tijuana, Baja California., Recaudador Auxiliar, C. Marco Polo Sabas Olvera, Con Direccion En Av. Rancho Tijuana 18253-B, Inf. Villas De Baja California, En Tijuana, Baja California, Supervisor De Altas Y Elc. Julio D. Bautista Flores, Que Desconozco Dicho Domicilio Donde Pueda Ser Localizado, Capturista De Altas.
Segundo: En Su Oportunidad Y Previos Los Tramites Que Esta Autoridad Se Sirva Realizar, Solicito Se Consigne La Presente Averiguacion Con Pedimento Expreso De Orden De Aprehension En Contra De Quien O Quienes Resulten Responsables Por El O Los Delitos Que Se Le Tipifique.
Tercero: Se Me Reciba Testimoniales Mismas Que Correran A Cargo De Los Testigos Que Estuvieron Presentes Y Personas A Quienes Les Constan Los Hechos De La Presente Denuncia.
Cuarto: Previo Los Tramites De La Ley, Ejercitar Accion Penal En Contra De La Dependencia Secretaria De Planeación Y Finanzas, Seccion Recaudacion Auxiliar De Rentas Mariano Matamoros De La Ciudad De Tijuana, Baja California Y/O Indistintamente Al C. Rubén G. Gallardo Luna, Con Direccion En Av. Fresnillo 440-B, Coloacho 22150, En Tijuana, Baja California., Recaudador Auxiliar, C. Marco Polo Sabas Olvera, Con Direccion En Av. Rancho Tijuana 18253-B, Inf. Villas De Baja California, En Tijuana, Baja California, Supervisor De Altas Y Elc. Julio D. Bautista Flores, Que Desconozco Dicho Domicilio Donde Pueda Ser Localizado, Capturista De Altas Y Quien Resulte Responsable, Por Los Ilícitos De Abuso De Confianza, Y Fraude, Y Lo Que Resulte”, recalcó y que sigue esperando justicia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario