Rafael Michel
Y aleguele al ampayer!, "la decisión del árbitro de futbol, es inapelable, con relación al juego", dice la regla V del futbol soccer y eso mismo se aplicó, en las elecciones, pues el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha rechazado por unanimidad la impugnación de la izquierda mexicana, que solicitó la anulación de las elecciones del 1 de julio pasado y no ha sido una sorpresa. La esperada reacción del candidato de la izquierda, López Obrador, no se ha hecho esperar. El líder izquierdista ya ha anunciado que no reconocerá "un poder ilegítimo surgido de la compra del voto y de otras violaciones graves a la Constitución”
“Se considera jurídicamente improcedente acoger la pretensión de la coalición de anular las elecciones. Los agravios contenidos en el juicio de inconformidad por la coalición Movimiento Progresista en forma alguna han sido acreditados ante esta Sala Superior, por lo que no ha lugar a acordar su petición de nulidad", sentenció después de más de cinco horas de sesión el presidente del Tribunal, el Magistrado José Alejandro Luna Ramos.
Con la decisión del Tribunal la elección presidencial mexicana está a punto de quedar formalmente resuelta. Solo falta que los magistrados aprueben el dictamen relativo a la declaratoria de validez de la elección presidencial y, en consecuencia, que el priísta Enrique Peña Nieto sea declarado Presidente Electo. Para este trámite los magistrados tenían de fecha límite el 6 de septiembre, pero ocurrió antes.
La izquierda impugnó el triunfo de Peña Nieto, que tuvo 3,3 millones de votos más que López Obrador, basada en la Constitución Política de México. La demanda de invalidación reclama que el proceso electoral estuvo plagado de conductas que contravienen lo que establece el artículo 41 de la Carta Magna, que dice que las elecciones tienen que ser libres, auténticas y equitativas.
Según la coalición que postuló a López Obrador, la libertad de sufragio y la autenticidad exigidas por la Constitución habrían sido violentadas porque, de acuerdo con la acusación de la izquierda, el candidato Peña Nieto incurrió en compra y coacción de votos, tuvo acceso indebido a medios de comunicación, rebasó el tope de gastos de campaña y se benefició de la publicación de encuestas “amañadas” que fueron usadas como propaganda electoral.
Los magistrados Salvador Nava Gomar, Constancio Carrasco Daza y Flavio Galván Rivera redactaron el proyecto de sentencia que fue presentado este jueves al pleno de los siete magistrados. En términos generales la propuesta de dictamen consideró que las pruebas presentadas por la izquierda fueron “insuficientes o inconducentes” y que las acusaciones resultaron “infundadas” por elementos probatorios “vagos, genéricos e imprecisos”.
Lejos de terminar el 1 de julio, día de los comicios presidenciales, la pugna político-electoral ha seguido en los siguientes dos meses. A lo largo de julio y agosto, representantes de la izquierda y del Partido Revolucionario Institucional han protagonizado un enfrentamiento mediático en la búsqueda de instalar, los primeros, la percepción de que la elección fue fraudulenta, mientras que los segundos han desplegado esfuerzos para defender la calidad del proceso electoral donde tuvieron 6,6% de ventaja en la votación. Ante la inminencia del fallo del Tribunal, representantes de la izquierda subieron en las últimas semanas el tono al advertir de que una resolución adversa a su impugnación podría desatar un “estallido social”. Anoche, a las afueras de la sede del tribunal, medio millar de manifestantes realizaron una ruidosa protesta en rechazo al previsible fallo en contra de la impugnación.
Entre otras acusaciones, el Movimiento Progresista denunció que el PRIutilizó un esquema de financiación ilegal mediante el uso de tarjetas de una institución financiera llamada Monex. Tras negarlo durante semanas, el PRI acabó reconociendo que sí había utilizado monederos electrónicos de esa empresa, pero solo por 66 millones de pesos (3,9 millones de euros). El tribunal no encontró que hubiera prueba entre el uso de esas tarjetas, y otras de un almacén llamado Soriana, y la compra de votos.
La impugnación de la izquierda, de 639 páginas y un anexo de 49, es pública y fue criticada en las últimas fechas por analistas por inconsistencias tales como faltas de ortografía, acreditación equivocada de hechos y disparidad en las cifras del supuesto gasto realizado por Peña Nieto en su campaña –dan cifras tan dispares como 374 millones de pesos o 3.095 millones de pesos.
“No se acreditan las pruebas de la compra de 5 millones de votos”, dijo en su defensa del proyecto de sentencia el magistrado Salvador Nava. “Estudiamos lo que nos plantean, se presentaron miles de pruebas, que no se acreditaron como supervinientes”. El magistrado remató: “tuvimos elecciones libres y auténticas (…) México tiene a un presidente electo por el pueblo de México, Enrique Peña Nieto”.
La resolución no cancela procesos abiertos en otras instancias como la Procuraduría (fiscalía) General de la República o incluso las que se conozcan a partir del 8 de octubre, fecha límite de informe de gastos de los partidos en las campañas electorales. La ley marca que el resultado de la fiscalización se presente hasta un año después. Sin embargo, en este caso se conocerá en enero próximo. Empero, de demostrarse el rebase de gastos de tope de campaña este no es, por ley, causal de para que se revoque el triunfo electoral.
Lo que resta es que el tribunal emita el cómputo final de la elección presidencial, haga la declaratoria de validez de la elección, entregue la constancia de mayoría a Peña Nieto y pida al Congreso que expida el bando solemne y le tome protesta al priísta, lo que ocurrirá el 1 de diciembre.
Por ello, se repite:
Y aleguele al ampayer!, "la decisión del árbitro de futbol, es inapelable, con relación al juego", dice la regla V del futbol soccer y eso mismo se aplicó, en las elecciones, puse el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha rechazado por unanimidad la impugnación de la izquierda mexicana, que solicitó la anulación de las elecciones del 1 de julio pasado